- Inicio de los retiros será desde el jueves 30 de julio a contar de las 9:00 de la mañana.
- AFP deben informar a los afiliados que hasta el 2 de agosto próximo las solicitudes de retiro se deberán presentar de manera remota.
- Las AFP deben disponer en su HOME web un link directo hacia una aplicación informática para materializar el retiro.
Santiago, 27/07/2020.- La Superintendencia de Pensiones emitió hoy el oficio con las instrucciones que regulan el retiro de los Fondos de Pensiones, conforme la Reforma Constitucional aprobada, a fin de que se produzca un proceso expedito de la norma que permite a los afiliados retirar un porcentaje de sus fondos de pensiones desde sus Cuentas de Capitalización Individual de Cotizaciones Obligatorias. El inicio del proceso será a contar del jueves 30 de julio a las 9 de la mañana.
La aplicación para materializar el retiro, además del formulario de la solicitud de retiro propiamente tal, deberá contener:
El formulario que deben diseñar las administradoras, debe contener idéntica información, tanto para afiliados como para beneficiarios de pensión:
- Número de cédula de identidad y su serie o número de documento
- Domicilio completo (opcional), teléfono y correo electrónico
- Modalidad de pago requerida, además de las respectivas instrucciones de llenado.
Además, debe consultar al solicitante si desea realizar el monto máximo de retiro (100% de los recursos que puede retirar), con alternativas de respuesta “Sí” o “No”. Si la persona selecciona “No”, lo que implica que hará un retiro parcial, se le deberá permitir seleccionar o ingresar el porcentaje del retiro.
Formulario de Solicitud
Junto con los datos ya señalados anteriormente, el formulario debe consultar por la modalidad de pago y ofrecer las alternativas para las transferencias:
Se debe dejar en claro que no es posible realizar depósitos a cuentas de carácter personal, o que estén en solicitud de apertura pero que aún no estén vigentes.
Llenado del formulario de solicitud
El primer dato a requerir para llenar la solicitud será el número de cédula de identidad del afiliado o beneficiario, con el cual la AFP deberá verificar en línea la calidad de afiliado o beneficiario del solicitante, no permitiendo continuar el ingreso de datos de no validarse correctamente la información.
Los afiliados extranjeros que no cuenten con cédula de identidad nacional puedan solicitar el retiro, ingresando para este efecto el NIC (número identificatorio para cotizar) utilizado para el pago o declaración de las cotizaciones, y la clave de acceso a la AFP.La AFP deberá notificar al afiliado o beneficiario que ha recibido la solicitud de retiro. Esto lo hará enviándole un mensaje al correo electrónico y celular que tenga registrado previamente en la base de datos.
Adicionalmente lo hará a los registrados en la respectiva solicitud. Junto a esto, deberá implementar mecanismos de monitoreo de cambios de datos de contacto, con el objetivo de contar con sistemas de alerta temprana de fraudes. Las administradoras tendrán un plazo de cuatro días hábiles para validar la solicitud e informar si ésta fue aprobada o rechazada. En caso de rechazo, la administradora debe explicar claramente las razones de aquello.
Aplicación para el retiro de fondos
La persona tendrá la posibilidad de retirar todo o una parte de los recursos que tiene disponibles. Si opta por retirar menos, la aplicación debe desplegar un mensaje que le indique que no podrá efectuar en el futuro un nuevo retiro por el porcentaje remanente.
También deberá consultarse al afiliado o beneficiario si posee deuda por pensión de alimentos, con opción de responder Sí”” o “No”. En caso que el solicitante señale que posee deuda de alimentos, la AFP deberá retener el monto del retiro hasta que se aclare el monto adeudado.
Además, previo a confirmar la solicitud de retiro, el sistema deberá desplegar una frase que señale que el afiliado conoce y acepta que el monto del retiro tendrá un impacto negativo en el monto de su pensión.
También deberán emitir mensajes dirigidos a los pensionados, en los cuales se explique el efecto que tendrá el retiro en el monto de su pensión.
Una vez finalizada esta etapa, la aplicación deberá entregar un comprobante al afiliado donde conste, al menos:
Pago de los fondos retirados
La Superintendencia determinó que la entrega de los recursos solicitados se deberá efectuar en los siguientes plazos:
- El 50% de lo solicitado en un máximo de 10 días hábiles desde la fecha de la presentación de la solicitud ante la AFP
- El 50% restante en un máximo de 30 días hábiles desde la fecha de pago del primer retiro.
- Cada pago tendrá un límite de 75 UF.
- Si el monto solicitado a retirar corresponde a 35 UF o menos, la entrega de fondos se efectuará en un único pago dentro de los 10 siguientes días hábiles de la fecha de solicitud del retiro.
La solicitud de retiro de fondos se podrá presentará durante los 365 días siguientes a la fecha de publicación de la ley en el Diario Oficial. Una vez aceptada la solicitud, se informarán al afiliado y beneficiario las fecha de pago.
Impuestos y Comisiones
La Superintendencia reiteró que los fondos de pensiones retirados no constituyen renta o remuneración para ningún efecto legal y, además, no estarán afectos a comisiones o descuento alguno por parte de las administradoras y las instituciones financieras que efectuarán el pago. Esto, con excepción de aquella parte del retiro destinada al pago de deuda por pensión alimenticia y compensación por divorcio decretada previamente por los tribunales.
Descargar acá documento completo de la Superintendencia de Pensiones.
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