El proyecto de ley que propone retirar el 10% de los Fondos de Pensiones, con ocasión de la crisis del COVID-19, avanza a toda velocidad por las distintas cámaras del Congreso Nacional. Para este miércoles 22 de julio se espera que el Senado lo apruebe, los votos ya están comprometidos, y la Cámara de Diputados a través de su presidente, ya ha establecido que el día jueves 23 de julio destinará su sesión para ver las indicaciones del Senado y seguir avanzando.
Los puntos estructurales de la propuesta:
Quienes pueden retirar los Fondos: Todos los afiliados a cualquiera de las Administradoras de Fondos de Pensiones, con fondos debidamente acreditados.
Pago de impuestos por el retiro: Los retiros NO pagarán impuestos. No serán considerados remuneración o renta. Tampoco estarán afectos a comisiones.
NOTAS: Superintendente de Pensiones opina que debería haber pago de impuestos. También alguno de los Senadores oficialistas que aprueban la medida, proponen que exista tributación para las personas que en el mes anterior a la publicación de la ley hayan tenido ingresos por sobre las 70 Unidades de Fomento.
Monto del retiro: El proyecto está enfocado en una cifra simbólica del 10% del Fondo de pensiones. Sin embargo esto tiene sus topes y sus pisos:
- Tope: 150 Unidades de Fomento (4 millones, trescientos mil pesos)
- Piso: 35 Unidades de Fomento (aproximadamente un millón de pesos). Esto significa que hay una gran cantidad de afiliados que podrán quedar con saldo $0 en sus cuentas de la AFP.
Calendario de entrega de los Fondos: El proyecto establece un pago en 2 cuotas.
- El 50% inicial a los 10 días hábiles de presentada la solicitud de retiro en la AFP.
- 50% final en un máximo de 30 días hábiles respecto del retiro anterior.
NOTAS: Superintendente de Pensiones solicita que el plazo inicial se amplíe de los 10 días propuestos a un mes, “para permitir una liquidación ordenada de los activos previsionales, mitigar los impactos negativos en las inversiones que se producirán y también a preparar los procesos de solicitudes y pagos en las administradoras”. Algunos senadores oficialistas que aprueban la propuesta, han ingresado propuesta para que el retiro sea en tres cuotas.
Retiro de Recursos por parte de los pensionados: El proyecto original no contempla que los pensionados puedan retirar sus recursos. Sin embargo, en el Senado surgió la indicación de dos senadores independientes en el sentido de que estos también puedan acceder al retiro.
Monto de la caída de las pensiones: Diario Financiero detalla cuatro escenarios, citando a la Superintendencia de Pensiones, indicando los parámetros de caída de los montos de pensión de acuerdo a género y tiempo efectivamente cotizado:
- Mujer que ha cotizado toda su vida: Si retira 5 años después de comenzar a cotizar, tendría una baja estimada en su pensión de 5,7%
- Mujer con una densidad de 46%: Si retira 5 años después de empezar a cotizar, su baja estimada sobre la pensión será de 12,3%
- Hombre que ha cotizado el 100% de su vida laboral: Retira 5 años después de empezar a cotizar, la disminución sobre su pensión será de 5,2%
- Hombre con densidad promedio de 57% de cotizaciones: Su baja en la pensión se estima en el orden de 9,2%
Recomendaciones del Superintendente de Pensiones:
Congelamiento de los Cambios de Tipo de Fondo: El Superintendente Osvaldo Macías, en su intervención en la sesión del día lunes 20 de julio en el Senado, enfatizó que “se requiere el congelamiento transitorio de los cambios de fondo, con el objetivo de no incrementar los efectos negativos en los precios de los activos por un aumento de la necesidad de liquidación de instrumentos”
Retiro de Fondos parte de los Pensionados: También sugirió repensar la necesidad de que los pensionados retiren fondos, “porque las pensiones ya son bajas y van a ser fuertemente afectadas de concretarse el retiro”. (Agregamos una nota normativa respecto de esto, y es que al producirse un egreso desde el Fondo de Pensiones, la Administradora debe proceder a un recálculo extraordinario de la pensión). Añadió que, con todo, los pensionados reciben ingresos mediante su pensión, que no se han visto reducidos durante la emergencia sanitaria. “Este retiro aumenta el gasto del Estado en el pilar solidario y es discriminatorio respecto de las personas pensionadas por renta vitalicia y del antiguo sistema de cajas, que no podrán acceder a la medida.
Alza del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: El superintendente también señaló que este retiro del 10% de los fondos de pensiones, podría generar alzas en el costo para el empleador del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), lo que podría afectar el empleo o los salarios. Lo anterior, dado que al existir un retiro de recursos, necesariamente se va a requerir un Aporte Adicional mayor para la cobertura de los montos de pensión de invalidez y sobrevivencia cubiertos por dicho seguro.
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