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Se dan a conocer nuevas Normas perfeccionan el SCOMP y brindan mejor información a afiliados.

Esta nueva normativa, que ha sido promulgada por la Superintendencia de Pensiones y la Comisión para el Mercado Financiero, permite que los afiliados conozcan mejor el proceso de pensión y las modalidades de pago. Además, la normativa informa con claridad los aspectos comerciales de la intermediación.


 

Santiago, 04/01/2019.-

La Comisión para el Mercado Financiero y la Superintendencia de Pensiones pusieron a disposición con esta fecha, una normativa nueva de manera conjunta. Esta normativa perfecciona el funcionamiento del SCOMP, a fin de facilitar al afiliado el análisis y la decisión que debe tomar al pensionarse.

Recordemos que el SCOMP es el sistema a través del cual los afiliados que estén prontos a pensionarse obtienen información comparable respecto de las ofertas de renta vitalicia y de retiro programado.

Los cambios buscan que los Certificados de Ofertas de Pensión que reciben los afiliados, tengan entre otras, las siguientes características:

  • – Sean más fáciles de entender para el afiliado.
  • – El afiliado pueda realmente comparar montos de pensión
  • – Afiliado pueda comparar las diferencias entre las modalidades de pensión vigentes
  • – Afiliado conozca con claridad lo referido al pago de comisiones

 

Presentación de la Información:

La nueva disposición señala que los Certificados de Ofertas deberán presentar los montos de pensión del siguiente modo:

  • – En pesos y no sólo en UF, como es al día de hoy.
  • – Deberán presentar las diferencias anuales en el monto de la pensión entre las ofertas de retiro programado y entre las ofertas de rentas vitalicias. Esto implica que el afiliado podrá visualizar lo que dejaría de percibir en un año si selecciona una oferta distinta de la que ofrece el mayor monto de pensión para una misma modalidad.
  • – En los casos en que el afiliado realice la solicitud de ofertas a SCOMP a través de un agente de ventas de rentas vitalicias, el Certificado de Ofertas de Montos de Pensión presentará el monto de pensión neto a pagar, es decir, descontando la comisión de intermediación que cobra el agente sólo para la oferta de la compañía a la cual pertenece. Esto no aplicará para las restantes ofertas de las otras compañías de Seguros. De este modo, el afiliado verá el impacto de la comisión en el proceso.

 

Paso previo a la Selección de Modalidad:

La nueva norma determina un paso previo, en cuanto a la selección de una determinada oferta de renta vitalicia por parte del afiliado. En esta instancia, el afiliado debe dejar constancia escrita de que está en conocimiento de que hay otras ofertas disponibles, de mayor monto que la escogida, para la misma modalidad y condiciones especiales de cobertura. Esto será válido en los casos de que el afiliado no elija la opción de mayor monto.

 

Entrega del Certificado de Ofertas al Afiliado:

La nueva norma facilitará la disposición de documentos para el afiliado, permitiendo que el Sistema SCOMP ponga a disposición del afiliado próximo a pensionarse, el Certificado de Ofertas que le permite concluir el trámite de selección de pensión.

Este documento le será entregado a través del sitio web de la AFP, despachado a su correo electrónico personal.

 

Información sobre la clasificación de Riesgo de las Compañías:

Toda la información sobre la Tasa de Descuento del Período Garantizado y la referia a la Clasificación de Riesgo de las Aseguradoras, que al día de hoy se refleja en cada uno de los cuadros con ofertas de renta vitalicia, se traslada a una página anexa y separada, que irá en la parte final del Certificado de Ofertas.

Esto permitirá una mejor comprensión por parte de los pensionables. Adicionalmente, la clasificación de riesgo se informará en colores según la categoría de clasificación de cada compañía.

 

Fechas de Implementación:

Las nuevas disposiciones que se han dado a conocer, deberán ser implementadas en un plazo de entre siete y 11 meses desde la emisión de la norma.

Revisa la Norma NCG N° 428 de la CMF y N°237 de la SP, a través de los sitios web de ambas instituciones.

 

FUENTE: Superintendencia de Pensiones.

Imagen: Gentileza www.pixabay.com