Fuente: El Mercurio de Santiago. Miércoles 7 de marzo de 2018.
A fines del año pasado entró en vigencia la Ley Sanna, la que permite a las madres y padres trabajadores de niños (de a 18 años) enfermos graves ausentarse, en forma justificada, de sus labores. La idea es que, por un tiempo determinado, puedan atenderlos y acompañarlos en su cuidado personal y, durante ese lapso, reciban un subsidio que reemplaza en forma total o parcial su remuneración o renta mensual.
La ley entrará en vigencia de forma paulatina hasta 2020 y la primera enfermedad cubierta es el cáncer.
Según informan en la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl), se benefician los trabajadores dependientes del sector privado (Código del Trabajo); los funcionarios de ministerios, intendencias, gobernaciones, órganos y servicios públicos (incluyendo la Contraloría General de la República, Banco Central y municipalidades, entre otros) y de las empresas públicas creadas por ley. También se incluyen empleados del Congreso Nacional, Poder Judicial y Ministerio Público, por ejemplo.
Se excluyen aquellos que se desempeñan en las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública (Capredena) y en Carabineros.
Otro grupo de beneficiarios son los trabajadores independientes y aquellos temporales que están sin empleo. En este último caso, su última cesantía debe haber sido por el término de un contrato a plazo fijo o por obra, trabajo o servicio determinado, siempre que cumplan con los requisitos que establece el artículo 6° de la Ley N° 21.063.
Fuente: El Mercurio de Santiago, Miércoles 7 de marzo de 2018
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