La Reforma Previsional del año 2008, introdujo la figura del afiliado voluntario, dando la posibilidad a toda persona natural que no ejerza una actividad remunerada de enterar cotizaciones previsionales en una cuenta de capitalización individual voluntaria de la AFP a la que se encuentra afiliado.
Los recursos que se mantengan en dicha cuenta serán inembargables y los derechos y obligaciones respecto de ella serán los mismos que se apliquen para la cuenta de capitalización individual obligatoria.
Pueden ser afiliados voluntarios, entre otras personas, los niños. Desde un recién nacido hacia adelante, se puede invocar esta figura, lo cual es enormemente atractivo, ya que la capitalización individual gozará del principal beneficio para un sistema de ahorro: el tiempo.
De este modo, un aporte de 10.000 pesos en momento de nacer, rentará mucho más, que los mismos 10.000 pesos, aportados a los 18 años, o a los 25 cuando se empieza a trabajar.
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